El término “stalkear” se ha vuelto de uso común entre los jóvenes, y suele hacer referencia a la acción de revisar el perfil de una persona en redes sociales.

Sin embargo, muchos ignoran que esta palabra, traducida al español, significa acechar o acosar. Y es que el stalking no siempre es una práctica inocente, e incluso puede estar relacionado con conductas delictivas.
En el contexto actual, cada vez es más frecuente encontrar patrones de comportamiento inadecuado mediante el uso de tecnologías, los cuales requieren de medidas avanzadas para su detección y prevención. Para abordar este fenómeno, estudiar ciberdelincuencia en UNIR es una excelente alternativa, pues te permitirá desarrollar habilidades para proteger el entorno digital.
¿Qué es el stalking?
“Stalking” es un anglicismo que se utiliza en Perú y otros países de la región para describir conductas de acoso obsesivo, con las cuales se busca espiar, intimidar o controlar a una persona, haciendo que esta sienta temor por su seguridad.
De acuerdo a un estudio sobre los patrones relacionados con el stalking, esta práctica suele desarrollarse a partir de situaciones preexistentes, incluyendo relaciones sentimentales, laborales, amicales o familiares, siendo el acoso por extraños la modalidad menos común.
“El ochenta por ciento de los stalkers son conocidos de alguna manera por sus víctimas (…) Cuanto más íntima sea la relación previa, más probable es que el acosador persista en su persecución (…) Los acosadores pueden ser de cualquier edad, desde niños hasta personas mayores”. (1)
Fuente: Stalking: Pattens, motives and intervention strategies
Es posible calificar como stalking a cualquier contacto no deseado entre dos personas que suponga una amenaza directa o indirecta para una de ellas. Sin embargo, este término suele estar vinculado a situaciones dentro de un entorno digital, entrando en la misma categoría que otras prácticas de riesgo como el grooming y sexting.
¿Qué tipos de stalking existen?
Desde que los casos de acoso a celebridades de Hollywood se volvieron frecuentes en la década de los 80, surgieron múltiples estudios sobre la psicología detrás de este comportamiento. Es por ello que hoy existen varias formas de clasificar a los stalkers.
La tipología de los acosadores propuesta por los Purcell, Pathé y Mullen (2003) es una de las más aceptadas. En ella, se incluye a personas con las siguientes características:
El acosador rechazado
Uno de los contextos más comunes en los que surge el stalking es la ruptura de una relación. En este caso, la persona rechazada busca lograr una reconciliación, aunque también puede existir un deseo de venganza. Los acosadores suelen ser individuos dependientes, narcisistas e incapaces de aceptar el rechazo, y son más propensos a cometer agresiones físicas.
El buscador de intimidad
En este caso, el acosador no ha tenido una relación previa con la víctima, pero desea entablar una. Su obsesión se manifiesta cuando persisten los intentos de acercamiento, pese a recibir respuestas negativas. Este tipo de stalkers suelen vivir en soledad, y la relación que anhelan les ofrece una solución a su aislamiento.
El acosador resentido
Los stalkers resentidos se diferencian de los anteriores en que tienen la intención específica de generar miedo y angustia, como una forma de reivindicación tras sufrir un supuesto daño o humillación. Este tipo de acecho se da en especial en ámbitos laborales, y los acosadores sienten que sus acciones están justificadas, considerándose como víctimas.
El pretendiente incompetente
Es descrito como una persona que no logra cumplir con las reglas sociales básicas que se requieren para el cortejo. Se siente con derecho a una relación con la persona de su interés, pero no respeta su decisión y persiste a pesar de las objeciones. Podría padecer discapacidades sociales graves o limitaciones intelectuales.
El acosador depredador
Representan un grupo reducido, pero altamente propenso a cometer a agresiones físicas. Sus conductas incluyen vigilancia y recopilación de información sobre su víctima, con el objetivo de cometer un ataque, a menudo sexual. Su comportamiento se sustenta en una gratificante sensación de poder y control. (2)
¿Cómo prevenir el stalking?
Ahora que sabes qué es el stalking, debes saber que cualquier persona puede ser víctima de este patrón de conducta, que puede manifestarse tanto a nivel físico como virtual. Prevenir el acoso no es algo sencillo, pero puedes tomar algunas medidas de precaución para reducir el riesgo de sufrirlo:
- Protege la información que compartes en Internet, evitando mostrar datos como dirección o número telefónico.
- Evita aceptar a personas desconocidas o que no te generan confianza en tus redes sociales.
- Presta atención a los mensajes extraños que recibas. Si alguno te resulta inquietante, considera la posibilidad de denunciarlo.
- Comparte tu ubicación únicamente con personas de confianza.
- Si te sientes propenso a sufrir acoso, modifica tu rutina diaria de forma regular, para despistar al potencial acosador.
- De ser necesario, aumenta las medidas de seguridad en tu hogar, incluyendo cámaras de vigilancia y sistemas de alarmas.
- Evita caminar solo de noche o transitar por zonas remotas.
- Informa a tus seres queridos sobre tu ubicación de manera frecuente.
¿Qué hacer si te están acosando?
Hacer frente a una situación de acoso no es algo sencillo, ya que cada tipo de stalker puede actuar de forma distinta. Cualquiera sea el caso, es importante que priorices tu seguridad y que busques la ayuda de personas de tu confianza, como amigos, maestros o familiares.
Tratar de confrontar a un acosador por cuenta propia no es aconsejable, pues su reacción puede ser impredecible, y tu integridad podría verse en riesgo. En lugar de ello, trabajar en juntar evidencia de su conducta para realizar una denuncia documentada ante la comisaría o dependencia más cercana.
Si requieres ayuda inmediata, puedes recurrir a la red de servicios gubernamentales para personas que enfrentan situaciones de violencia. Uno de ellos es la alerta contra el acoso virtual, que ofrece orientación en tiempo real desde la plataforma en línea Chat 100 del Programa Nacional Autora.
¿Qué dice la ley peruana sobre el stalking?
El Código Penal peruano ha experimentado una serie de modificaciones en los últimos años, con el objetivo de incorporar los delitos de stalking, imponiendo penas drásticas cuando las acciones de este tipo tienen un impacto significativo sobre la víctima.
De acuerdo al artículo 151-A, cualquier persona que de forma reiterada vigile, persiga, hostigue, asedie o busque establecer contacto con una persona sin su consentimiento, alterando el normal desarrollo de su vida cotidiana, será reprimida con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. (3)
La norma no solamente es efectiva en casos de acoso físico, sino también cuando el stalker se vale del uso de tecnologías de la información para asediar a su víctima. Este comportamiento se denomina ciberacoso, y entra en el terreno de los delitos informáticos.
Por otro lado, la pena de prisión efectiva pasará a ser de entre cuatro a siete años si se comprueban circunstancias agravantes, como acoso a menores de edad, a personas en condición de dependencia, acoso en el marco de una relación laboral, entre otras.
Bibliografía APA
(1) Miller, L. (2012, 4 de junio) Stalking: Pattens, motives and intervention strategies. Agression and Violent Behavior 17(6): 495-506 https://www.researchgate.net/publication/257525370_Stalking_Patterns_motives_and_intervention_strategies
(2) Purcell, R., Pathe, M., & Mullen, P. E. (2003). Classification of stalkers. In M. P. Brewster (Ed.), Stalking: Psychology, Risk Factors, Interventions, and Law (1 ed., pp. 6-1 – 6-21). Civic Research Institute https://www.civicresearchinstitute.com/online/PDF/Classification%20of%20Stalkers.pdf
(3) Observatorio de Jurisprudencia Penal (2023, 20 de febrero) Jurisprudencia del artículo 151-A del Código Penal.- Acoso. LP Pasión por el Derecho https://lpderecho.pe/articulo-151-a-codigo-penal-acoso/